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Corte constitucional prohíbe corridas de toro, corralejas, coleo y peleas de gallos en Colombia

La Corte Constitucional de Colombia ratificó la Ley 2385 de 2024, que prohíbe de manera progresiva las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas, tientas, coleo, corralejas y peleas de gallos. La decisión se tomó el 4 de septiembre de 2025, tras rechazar una apelación presentada por defensores de estas prácticas, quienes argumentaban que la ley vulneraba su derecho a la libertad artística y cultural. Sin embargo, la Corte determinó que el sufrimiento animal no puede considerarse una forma legítima de expresión cultural.
La prohibición entrará en vigor en 2027, otorgando un periodo de transición para la adaptación de las comunidades involucradas. Esta medida se enmarca en un movimiento más amplio hacia el reconocimiento de los derechos de los animales y la promoción de una cultura libre de maltrato. Aunque la ley no especifica sanciones directas, se aplicarán las disposiciones existentes en la legislación colombiana sobre protección animal.
La decisión ha generado reacciones mixtas en la sociedad colombiana. Organizaciones defensoras de los derechos de los animales celebran la medida como un avance hacia una sociedad más ética y respetuosa con los seres sintientes. Por otro lado, sectores que consideran estas prácticas como parte de su identidad cultural expresan su desacuerdo, argumentando que la prohibición afecta tradiciones arraigadas en diversas regiones del país.
Este fallo representa un hito en la evolución de la legislación colombiana en materia de bienestar animal y refleja un cambio en la percepción social respecto al trato de los animales en actividades recreativas.

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